PORTAL DE TRANSPARENCIA

INFORMACIÓN RELATIVA AL PORTAL DE TRANSPARENCIA

La Ruta del Vino de Gran Canaria, ha obtenido ayudas públicas, por lo que en esta sección recogemos la información relacionada con su actividad, en cumplimiento de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública. Con la publicación de esta información, no sólo daremos cumplimiento con las normas de transparencia sino también con las obligaciones de publicidad establecidas en la Ley General de Subvenciones, así como cumplir con uno de los valores de la Denominación de Origen Vinos de Gran Canaria, que es facilitar el acceso a la información sobre nuestra entidad.

La Ley canaria 12/2014 incluye en el artículo 3.1, letra b) a las empresas o entidades privadas que reciben más de 60.000 euros anuales de ayudas públicas como sujetos comprendidos dentro de su ámbito de aplicación; como también lo hace la norma básica estatal (Ley 19/2013). Asimismo, la norma estatal establece un conjunto de obligaciones informativas más reducido que las contempladas en la norma canaria u otras autonómicas.

La información publicada en este portal se rige por las pautas establecidas por el Comisionado de Transparencia de Canarias. Este órgano ha sido creado por la Ley de Transparencia de Canarias que depende del Parlamento de Canarias y que opera en las mismas dependencias de su sede. Está obligado a presentar anualmente un informe al Parlamento de Canarias sobre la aplicación y cumplimiento de las obligaciones de transparencia por las distintas entidades públicas y privadas de la Comunidad Autónoma, con el contenido mínimo que se recoge en la Ley. La regulación de este órgano se recoge en el título IV de la Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública de Canarias.

Fecha de actualización: abril de 2024.

1. INFORMACIÓN INSTITUCIONAL

El Consejo Regulador de la Denominación de Origen de “Gran Canaria” es una Corporación de Derecho Público, con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines públicos y privados, que tiene por objeto la gestión de la mencionada denominación de origen.

Fecha de actualización: abril de 2024.

1.1 INFORMACIÓN GENERAL DE LA ENTIDAD
Esta Denominación de Origen se crea en el año 2005, tras la unificación de las dos Denominaciones de Origen existentes hasta el momento en la isla: Gran Canaria y Monte Lentiscal. La zona de producción de los vinos amparados por la Denominación de Origen Gran Canaria se extiende a la totalidad de la Isla, contando en este momento con una superficie total de unas 250 hectáreas, 230 de ellas registradas. Sus viñedos se encuentran en parcelas pequeñas de suelo agrícola, sobre todo de las medianías y cumbres de la Isla, compartiendo espacio en muchos casos con otros cultivos. La forma de cultivo en la isla es muy diversa e irregular. La variedad más usada es la Negra Común (Listán Negro), mayoritaria en toda la comarca, seguida por la Tintilla, Vijariego Negra, Negramoll y Castellana. Entre las variedades blancas, destaca de forma mayoritaria la Moscatel de Alejandría, seguida de Vijariego, Pedro Jiménez, Listán Blanco, Malvasía, Gual, Albillo, Marmajuelo y Forastera Blanca. Los vinos tintos elaborados en la isla son fundamentalmente para consumo joven, de color rojo intenso, de excelentes aromas primarios y gran personalidad. En cuanto a los blancos, se elaboran vinos jóvenes, muy aromáticos, ligeros y equilibrados.

2. INFORMACIÓN ECONÓMICO-FINANCIERA

En el CRDO Vinos de Gran Canaria auditamos de manera externa nuestras cuentas anuales haciendo un ejercicio de transparencia. A continuación, presentamos la cuentas anuales auditadas de los últimos ejercicios.

Fecha de actualización: abril de 2024.

2.1 INFORMACIÓN PRESUPUESTARIA Y CONTABLE

3. CONTRATOS

La entidad no cuenta con contratos con la administración pública. Tampoco ha formalizado contratos menores.

Fecha de actualización: abril de 2024.

4. CONTRATOS Y ENCOMIENDAS DE GESTIÓN

La entidad no cuenta con contratos, convenios o encomiendas de gestión con la administración pública. Tampoco ha formalizado contratos menores.

Fecha de actualización: abril de 2024.

5. INFORMACIÓN ORGANIZATIVA: ESTRUCTURA ORGÁNICA

Partimos de los estatutos del CRDO Vinos de Gran Canaria como norma básica para el buen gobierno de la entidad.

Fecha de actualización: abril de 2024.

5.1 NORMATIVA APLICABLE A LA ENTIDAD
  • Orden de 23 de diciembre de 2005, por la que se unifican las denominaciones de Origen “Gran Canaria” y “Monte Lentiscal” y sus Reglamentos. BOC nº 003 de 4 de enero de 2006.
  • Orden de 20 de julio de 2009, por la que se aprueba el Reglamento de la Denominación de Origen de Vinos “Gran Canaria. Publicado en el BOC nº 144, lunes 27 de julio de 2009
  • Orden del 6 de febrero de 2008, por la que se aprueba los Estatutos del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Vinos de Gran Canaria. BOC nº 33 de 14 de febrero de 2008
  • Pliego de condiciones de la Denominación de Origen Protegida Vinos Gran Canaria
  • Ley autonómica 10/2006, de 11 de diciembre, de los Consejos Reguladores de Vinos de Canarias (BOC nº 243 de 18.12.06)
  • Decreto 146/2007, de 24 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los Consejos Reguladores de Vinos de Canarias
  • Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen jurídico del Sector Público
  • Ley 24/2003, de 10 de junio, de la Viña y el Vino. (BOE nº 165, de 11.07.03)
  • Ley 6/2019, de 9 de abril, de Calidad Agroalimentaria
  • Resolución 585/2019 de fecha 15/07/2019 del Director del Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria, por la que se dictan instrucciones para la llevanza de los registros de las Denominaciones de Origen Protegidas de Vinos por las entidades reconocidas como órganos de gestión de éstos
  • Ley 16/2021, de 14 de diciembre, por la que se modifica la ley 12/2013, de 2 de agosto, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria
  • Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales
  • Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (Estatal)
  • Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y acceso a la información pública (canaria)
  • Comisionado de transparencia canario
5.2 INFORMACIÓN RELATIVA A LAS FUNCIONES Y COMPETENCIAS DE LA ENTIDAD
En el artículo 3 de los Estatutos del CRDO de Vinos de Gran Canaria dice: "Artículo 3.- De sus fines. Son fines del Consejo Regulador la representación, defensa, garantía, investigación y desarrollo de mercados y promoción, tanto de los vinos amparados como del nivel de protección, así como la prestación de servicios relacionados con estas actividades". En el artículo 4 habla de sus funciones: "Artículo 4.- De sus funciones. Para la consecución de sus fines, el Consejo ejercerá las siguientes funciones: a) Proponer modificaciones al reglamento de la denominación. b) Denunciar ante la administración competente cualquier presunto incumplimiento de la normativa vitivinícola. c) Orientar la producción y calidad y promocionar e informar a los consumidores sobre el vino de la denominación y, en particular, sobre sus características específicas de calidad. d) Velar por el cumplimiento del reglamento de la denominación, denunciando cualquier incumplimiento ante los órganos administrativos y jurisdiccionales competentes. e) Adoptar, en el marco del reglamento de la denominación, el establecimiento para cada campaña, según criterios de defensa y mejora de la calidad, los rendimientos, límites máximos de producción y de transformación, autorización de la forma y condiciones de riego, o cualquier otro aspecto de coyuntura anual que pueda influir en estos procesos. f) Calificar cada añada o cosecha y establecer los requisitos que deben cumplir las etiquetas de los vinos en el ámbito de sus competencias. g) Gestionar los registros definidos en el reglamento de la denominación. h) Elaborar estadísticas de producción, elaboración y comercialización de los productos amparados, para uso interno y para su difusión y general conocimiento. i) Gestionar las cuotas que, en el marco de la legislación aplicable, se establezcan para su financiación. j) Proponer los requisitos mínimos de control a los que debe someterse cada operador inscrito en todas y cada una de las fases de producción, elaboración y comercialización de los vinos amparados por la denominación, y, en su caso, los mínimos de control para la concesión inicial y para el mantenimiento de la certificación. k) Colaborar con las autoridades competentes en materia de vitivinicultura en el mantenimiento de los registros públicos oficiales vitivinícolas, así como con los órganos encargados del control. l) Realizar las encuestas de evaluación y estudios necesarios que permitan conocer la situación y necesidades del sector. m) Promover y cooperar en la organización de ferias y exposiciones. n) Colaborar con la Administración participando en la realización de estudios, trabajos y acciones que se lleven a cabo en el sector. o) Proponer al órgano competente de la Administración de la Comunidad Autónoma las medidas que considere necesarias para el fomento y defensa de los intereses que representan. p) Proponer las modificaciones de sus estatutos, y velar por su cumplimiento. q) Elaborar y aprobar sus presupuestos y liquidaciones. r) Las demás que se establezcan en el reglamento de la denominación o que le sean delegadas por la Administración".
5.3 ORGANIGRAMA
  • Composición de la Junta Directiva.
    • Resolución en pdf.
    • Resolución en odt.
  • Nombramiento vocales del CRDO Vinos de Gran Canaria.
 
5.4 ADMINISTRADORES Y DIRECTORES
No hay obligación de publicar esta información porque no hay retribución económica para el presidente.

6. AYUDAS Y SUBVENCIONES

Las ayudas y subvenciones públicas y privadas recibidas por nuestra entidad son:

Fecha de actualización: abril 2024

6.1 RELACIÓN DE AYUDAS Y SUBVENCIONES
Año 2022. Instituto de Calidad Agroalimentaria (Gobierno de Canarias). Programa de Desarrollo Rural (Gobierno de Canarias). Consejería de Sector Primario y Soberanía Alimentaria (Cabildo de Gran Canaria). Año 2023. Instituto de Calidad Agroalimentaria (Gobierno de Canarias). Consejería de Sector Primario y Soberanía Alimentaria (Cabildo de Gran Canaria). EN EJECUCIÓN
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