Proceso de adhesión de un establecimiento-socio
1 Solicitud de adhesión a la Ruta del Vino de Gran Canaria desde la Web.
La incorporación será totalmente voluntaria y se formalizará mediante la presentación de la solicitud debidamente cumplimentada a la Asociación Ruta del Vino de Gran Canaria.
El solicitante cumplimentará un formulario con los datos del establecimiento a adherirse y la persona/s de contacto haz clic aquí.
2 Evaluación de la solicitud por un responsable técnico
El responsable técnico evaluará la solicitud de adhesión y hará las comprobaciones previas pertinentes en base al tipo de establecimiento y al Manual del Producto Ruta del Vino de Gran Canaria y al reglamento interno del Ente Gestor: Asociación Ruta del Vino de Gran Canaria (RVGC).
3 Información y entrega del test de autoevaluación de los criterios
El técnico responsable acordará una cita donde se reunirá con los responsables del establecimiento o actividad a adherirse y les dará la información oportuna sobre la Ruta del Vino de Gran Canaria, el proceso de adhesión y les entregará el test de autoevaluación que será cumplimentado por el solicitante y devuelto al propio responsable técnico.
4 Pago de la cuota como socio aspirante
El establecimiento emitirá el pago de la cuota estipulada para activar el proceso de adhesión. Una vez realizado el pago, el establecimiento será un socio aspirante. El técnico dará continuación con el proceso, una vez pagada la cuota.
5 Designación del Comité de Concesión
La Junta Directiva designará la composición y miembros del Comité de Concesión. Este será el encargado de validar el informe técnico y resolver la notificación.
6 Visita técnica
Se realizará una evaluación del establecimiento o de la actividad a sumarse al proyecto para asegurar el cumplimiento mínimo requerido. Mediante una visita técnica de evaluación y verificación el técnico comprobará el cumplimiento de los criterios mínimos exigidos para su adhesión.
Esta visita técnica será acordada previamente entre el técnico y el responsable del proceso del establecimiento.
7 Emisión de Informe técnico
El técnico responsable emitirá un informe técnico que podrá ser favorable o no favorable:
En caso de que este sea desfavorable, el establecimiento solicitante debe adaptarse y prepararse para alcanzar el nivel mínimo de cumplimiento, adaptando sus instalaciones, procesos y servicios a los mínimos exigidos.
El porcentaje de criterios obligatorios y complementarios se establece en el definido en el Manual del Producto y en el Reglamento interno de la asociación. La adaptación del establecimiento se puede realizar de manera individual o con apoyo externo, pero, en cualquier caso, debe realizarse un proceso de adaptación o implantación para cumplir los mínimos.
8 Validación y resolución del informe técnico
Será objeto del Comité de Concesión la validación del informe técnico realizado y resolverá de forma favorable o no, en base al cumplimiento de los criterios.
La resolución emitida por el Comité de Concesión será notificada al establecimiento.
El informe no favorable implicará comenzar con el proceso de adaptación e implantación del producto.
9 Aprobación como miembro consolidado o aspirante
Será decisión de la Junta Directiva la aprobación definitiva y conceder la condición de socio consolidado.
Una vez comunicada la decisión por la Junta Directiva, el establecimiento asume el compromiso del mantenimiento de los requisitos exigidos para su incorporación, y cualquier otro requisito que el Asociación Ruta del Vino de Gran Canaria estime oportuno para el buen funcionamiento y gestión de la Ruta del Vino de Gran Canaria, garantizará la continuidad del establecimiento con el carácter de adherido a la citada Ruta del Vino de Gran Canaria.
Parte de ese compromiso por los miembros aspirantes y los miembros consolidados, es estar sujetos a evaluaciones periódicas (anuales) por la parte técnica y las acreditaciones (bianuales) de consolidación del producto a nivel nacional.
Para la consolidación del producto siempre será una evaluación externa, mientras que las periódicas se realizan a nivel interno. Ambas consisten en la medición del grado de cumplimiento de los criterios obligatorios y recomendables fijados en el Manual de Producto del Vino y el Reglamento Interno del Ente Gestor de la Ruta del Vino de Gran Canaria.
De cada una de las evaluaciones realizadas se emitirá un informe de valoración.